Fecha actualización:
  • Fecha Última actualización: 05/06/2008
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Tolosa
     

Ayudas a familias con hijos e hijas

Definición:

  • Ayudas por el nacimiento o adopción del segundo hijo o hija.

  • Ayudas por el nacimiento o adopción del tercer o sucesivos hijos o hijas.

  • Ayudas por parto múltiple y por adopción múltiple.

 Lugar de tramitación:

Udaletxea
Plaza Zarra 6 - Planta Baja
Puerta 0.2.
Telf. 943 65 44 66
e-mail: gizartezerbitzuak@tolosakoudala.net

 Documentación a presentar:

SOLICITUD INICIAL

  • Fotocopia compulsada del documento acreditativo de la identidad de las personas solicitantes, así como del documento acreditativo de la identidad de todas las personas mayores de 14 años que formen parte de la unidad familiar de convivencia.
  • Ficha de alta de datos del tercero interesado, firmada por las personas solicitantes y sellada por la entidad bancaria correspondiente. A efectos de esta ficha el solicitante es el "tercero interesado". Tienen que rellenarle los datos y sellársela en la entidad bancaria en la que el solicitante desee cobrar la ayuda. Deben de coincidir el TITULAR DE LA CUENTA y el SOLICITANTE. Se imprimirá por triplicado, entregándose junto con la solicitud dos (2) copias: selladas y firmadas ( Interesado y entidad bancaria).
  • Certificado de empadronamiento dentro del territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco de las personas solicitantes, que incluirá la relación de todas las personas residentes en el domicilio, a los efectos de lo previsto en el artículo 4.3 de este Decreto.
  • En caso de parto, simple o múltiple, fotocopia compulsada del libro de familia, donde se incluyan los y las menores objeto de la ayuda como hijos e hijas de las personas solicitantes.
  • En caso de adopción, fotocopia compulsada del auto judicial constitutivo de la misma, con excepción de los casos de adopción internacional en los que se adjuntará certificación de su inscripción en el Registro Civil Central, si se trata de una adopción constituida conforme a la legislación vigente en el país de origen de los/las menores, o bien fotocopia compulsada del auto judicial firme de adopción emitido por la Autoridad española, cuando en el país de origen del menor se hubiera constituido una adopción simple o tutela con fines de adopción en España.
  • En caso de que alguno de los hijos e hijas que originan la ayuda tengan reconocida una minusvalía con un porcentaje igual o superior al 33%, fotocopia compulsada del certificado de minusvalía correspondiente.
  • Declaración jurada de las personas solicitantes en la que se haga constar que no se percibe ninguna ayuda con este mismo objeto y finalidad concedida por cualquier Administración Pública. En caso de percibirse, se hará constar la cuantía y la Administración concedente. En el supuesto de haber sido solicitada estando pendiente de resolución, se hará constar también esta circunstancia.
  • Declaración jurada de las personas solicitantes relativa a los procedimientos de reintegro o sancionadores que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas con subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y de sus organismos autónomos se hallen aún en tramitación.

 Otros:

El Ayuntamiento actúa como mero intermediarioa ante el Gobierno Vasco, competente en la materia.Por lo tanto, el Ayuntamiento no es responsable de la resolución final ni del cumplimiento de los plazos.

 Más información sobre el tema en la dirección web: http://www.juslan.ejgv.euskadi.net/r45-19041/es/contenidos/ayuda_subvencion/ayudas_hijos_2007/es_0001/0001.html 

 


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